Seleccione su idioma

Nota explicativa relativa a la Ley Fundamental

La nueva Ley Fundamental del Estado de la Ciudad del Vaticano responde a la necesidad, expresada en su preámbulo, de dar respuesta a las nuevas exigencias de gobierno y de incorporar las importantes modificaciones normativas adoptadas en el curso de los últimos años.

Promulgada significativamente por el Papa León XIV al inicio de su pontificado, esta Ley confirma e integra dichas modificaciones, que afectan tanto a la función legislativa como a la función ejecutiva y a la función judicial.

En lo que respecta a la función legislativa, incorpora la modificación ya introducida por el Papa León XIV mediante el Motu Proprio de 19 de noviembre de 2025, relativa a la presidencia de la Comisión Pontificia.

En cuanto a la función ejecutiva, por una parte, se confirma la misión de la Gobernación del Estado de la Ciudad del Vaticano, que, a través de su propia estructura organizativa, contribuye al cumplimiento de la misión propia del Estado y está al servicio del Sucesor de Pedro, ante quien responde directamente; por otra, se precisan las competencias del Presidente y del Secretario General, así como el marco de su colaboración institucional.

En lo que atañe a la función judicial, se confirma expresamente que el régimen jurídico de los órganos judiciales se rige por la Ley sobre el Ordenamiento Judicial, norma que, gracias a las importantes reformas introducidas en los últimos años, garantiza plenamente el ejercicio de la función jurisdiccional y la adecuada administración de justicia.

Con este riguroso planteamiento jurídico, la nueva Ley Fundamental que, al igual que las precedentes, está concebida para configurar la fisonomía constitutiva del Estado de la Ciudad del Vaticano, de sus poderes y del ejercicio de las funciones que de ellos se derivan, permanece como fundamento y punto de referencia de todo el ordenamiento normativo del Estado, reafirmando la singularidad y la autonomía del ordenamiento jurídico vaticano.

Seleccione su idioma